CONTADURÍA PÚBLICA

1. PROFESIÓN.
Es el conjunto de conocimientos adquiridos y ejercidos de manera metódica, racional y objetiva sobre un área del conocimiento universal con el propósito de satisfacer las necesidades del hombre.

2. CONTADURÍA PÚBLICA COMO PROFESIÓN.
· La contaduría es la disciplina profesional de carácter científico que, fundamentada en una teoría específica y a través de un proceso, obtiene y comprueba información financiera sobre transacciones celebradas por entidades económicas.
· La contaduría es una disciplina profesional, pues reúne los requisitos académicos, sociales, legales e intelectuales que exige cualquier actividad.
· La contaduría tiene carácter científico, aunque todavía no alcanza el carácter de ciencia, si utiliza el método científico.
· La contaduría se fundamenta en una teoría propia.
· La contaduría sigue un proceso lógico.
· La contaduría obtiene información financiera.
· La contaduría comprueba la información financiera.

3. CAMPOS DE ACTUACIÓN Y SECTORES A LOS QUE SIRVE EL LICENCIADO EN CONTADURÍA.
Por campo de actuación profesional debemos entender el objeto de una profesión, o sea aquellas actividades que un profesional, por su preparación y experiencia puede desempeñar con notable pericia y razonable exactitud.

Las áreas en que un contador puede desenvolverse son:

· Diseño e implementación de sistemas contables.
· Determinación del valor de adquisición de adquisiciones y transferencias de bienes y servicios, obligaciones, patrimonio, ingresos, gastos, costos, utilidades y/o pérdidas, presupuestos financieros y fiscales, formulación de proyectos de inversión.
· Clasificación, captación y registro de operaciones financieras, elaboración de estados financieros y declaraciones fiscales.
· Análisis e interpretación de estados financieros e información financiera.
· Elaboración de estados financieros y fiscales.
· Formulación de planes y programas de auditoría financiera, fiscal, operacional y pericial.
· Cuantificación y evaluación del control interno.
· Revisión, evaluación y dictamen sobre la información financiera.
· Como profesional independiente y en entidades públicas y privadas.

4. AGRUPACIONES PROFESIONALES DE CONTADORES PÚBLICOS.
Las agrupaciones profesionales se constituyen con el propósito de velar por el bienestar de la profesión, regular el ejercicio profesional, promover la expedición de leyes y reglamentos relativos a la profesión.

Entre otros existen los siguientes organismos profesionales:

· Instituto Mexicano de Contadores Públicos.
· El Colegio de Contadores Públicos de México.
· Asociación Mexicana de Contadores Públicos.
· Centro de Estudios Contables, A.C.
· Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas.
· Instituto Mexicano de Auditores Internos.

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